JZ helps (abogado en Florida)

¿Puede demandar por lesiones?*

Si es afirmativa su respuesta a TODAS las siguientes preguntas, usted reúne los requisitos.

1. La Persona/Compañía culpable posee un Seguro de Responsabilidad Pública – Si el culpable posee un seguro de responsabilidad pública, usted puede proceder a la pregunta 2ª. Si usted estuvo en un accidente de tránsito y en ese momento contaba con cobertura de conductores sin seguro o con seguro insuficiente (UM/UIM), podría tener la posibilidad de presentar un reclamo por lesiones personales, aun cuando el conductor o dueño del automóvil que lo chocó no tenga seguro de responsabilidad por las mismas. En Florida, fácilmente podrá averiguar si existen seguros que cubran sus lesiones.

2. Otra persona provocó el accidente – Si la otra parte provocó el accidente, usted puede proceder a la pregunta 3ª. Si usted posee parte de la culpa, aun así podría tener la posibilidad de presentar un reclamo. La persona/compañía que haya provocado el accidente solo debe pagarle a usted el porcentaje de su culpa. Por ejemplo, si la otra persona tuvo el 50% de la culpa, usted solo podrá recuperar el 50% del valor de sus daños. Si usted fue lesionado en Florida y es el responsable total (100%) de provocar el accidente, en la mayoría de los casos no obtendrá dinero de su reclamo.

3. Otra persona provocó sus lesiones – Por lo general, usted deberá recibir atención médica después del accidente. Algunos ejemplos de proveedores son:

a) Una ambulancia o el cuerpo de bomberos y rescate

b) Un hospital

c) Un médico

d) Un quiropráctico

*Esta publicación no se refiere a la cobertura de protección por lesiones personales (PIP) o de servicios médicos.

 

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