Si usted ha resultado lesionado en un accidente en Florida que fue motivado por otra persona, es probable que quiera conseguir inmediatamente la información relacionada con la compañía aseguradora de la misma. Lo bueno es que, en Florida, es bastante fácil obtener información de seguros, aunque el proceso se puede tardar un poco. Si ha sido lastimado en un accidente vehicular (de coche, camioneta, motocicleta, etc.) en Florida, existen dos razones por las cuales es necesario conocer la información de seguros de la persona/compañía responsable:
1. Si usted tiene lesiones, es la compañía aseguradora del conductor negligente la que pagará su reclamo.
2. Si compró cobertura del conductor sin seguro o con seguro insuficiente (UM/UIM) antes del accidente de tránsito, el proveedor de dicha cobertura no pagará su reclamo sino hasta que el costo de tratamiento de sus lesiones resulte mayor que los límites de la póliza de la parte culpable.
Debería solicitar que la compañía aseguradora le proporcione los límites de póliza por escrito. Aunque el liquidador de seguros puede divulgar los límites de póliza de su asegurado por teléfono, es mejor conseguir esta información por escrito, así para evitar cualquier error por parte del liquidador. Si ha resultado lesionado en un accidente de tránsito en Florida, la ley floridense exige que la compañía aseguradora le proporcione cierta información dentro de los 30 días después de recibir su solicitud. La mejor manera de encontrar la dirección de la compañía de seguros de un asegurado en Florida es visitar a la Oficina Reguladora de Seguros de Florida, ingresando la primera palabra del nombre de la compañía. Si no puede encontrar la información de la compañía aseguradora, se debe a uno de tres factores:
1. Ha deletreado mal el nombre de la compañía aseguradora.
2. No tiene el nombre correcto de la compañía aseguradora. (Si este es el problema, recomiendo «Googlear» el nombre que tiene para ver los nombres que surjan.)
3. La compañía aseguradora no tiene una licencia para vender seguros en Florida. (Si este es el caso, otra vez recomiendo que busque el nombre en Google.)
A continuación se presenta la información que debería solicitar y que la compañía aseguradora debe proporcionar:
1. La declaración jurada de un funcionario corporativo o del gerente o superintendente de reclamos, exponiendo la siguiente información respecto a cada póliza conocida de responsabilidad pública, incluyendo seguro excedente o cobertura general («paraguas»).
(a): el nombre y la dirección de cada aseguradora;
(b): el nombre y la dirección de cada asegurado;
(c): los límites de seguro por responsabilidad pública que se aplican a cada una de estas pólizas;
(d): una declaración de cualquier póliza o recurso de cobertura que cree razonablemente que esté disponible o que se ha hecho valer;
(e): una copia de cada una de estas pólizas en conformidad con la ley;
(f): los hechos que exigen una enmienda a su declaración al descubrirse.
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