En un caso de homicidio culposo o muerte por accidente, la persona con la autoridad de entablar la demanda es el representante legal del patrimonio del difunto. El representante legal entabla la demanda en nombre del patrimonio y de cada sobreviviente.
El representante legal es la única persona que tiene el derecho de finalizar el acuerdo en la demanda por homicidio culposo. Sin embargo, si el representante legal y la persona o empresa que motivó el accidente llegan a un acuerdo, cualquier sobreviviente tiene el derecho a disentir con el mismo. Si un sobreviviente disiente con la cantidad total del acuerdo o con la cantidad otorgada a cada sobreviviente, el representante legal debe conseguir la aprobación de la corte antes de finalizar el acuerdo.
Un sobreviviente puede creer que tenía una relación más fuerte con el difunto que los demás sobrevivientes. Puede ver un video breve en donde hablo de la manera en la que su relación con el difunto puede afectar a la cantidad de dinero que consigue por dolor y sufrimiento.
Además, si uno de los sobrevivientes es menor de edad o deshabilitado (retrasado mental, etc.) y no puede tomar decisiones por su cuenta, el acuerdo requiere la aprobación de la corte. Un padre puede sentir alivio al saber que la cantidad que se dará a una persona menor de edad o incompetente requiere del análisis y la aprobación de la corte.
En cualquier caso de homicidio culposo, se asigna un tutor para proteger los derechos de las personas menores de edad o incompetentes. El padre o la madre del niño puede servir de tutor, o la corte puede nombrar a otra persona.
A propósito, tomé la foto de la Corte de Miami-Dade que aparece en este artículo hace unas semanas, mientras iba de camino hacia allí. Intervenía en la corte en nombre de un cliente con una demanda por lesiones personales.
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