El Estatuto de Florida 768.28(1) se aplica a las demandas por agravio basadas en negligencia y acciones u omisiones ilícitas. Un ejemplo de una demanda por agravio basada en negligencia es cuando el conductor de un autobús causa un accidente. Así, si un conductor de autobús del condado de Miami-Dade choca contra su auto y usted resulta lastimado, puede presentar una demanda contra el Condado de Miami-Dade. Lo mismo se aplicaría si fuera pasajero del autobús. También puede presentar un reclamo contra su propia aseguradora de auto de conformidad con la sección de su póliza de seguros de cobertura ante conductores sin seguro. Debería presentar su reclamo por conductor sin seguro inmediatamente después del accidente.
Si un empleado de una ciudad o un condado de Florida lo ha lastimado deliberadamente, el gobierno es responsable. Así, si un policía del condado de Miami-Dade comete un asalto con agresión contra su persona durante una detención, el Condado de Miami-Dade es responsable de sus lesiones. Lo mismo se aplicaría si usted fuera golpeado por un policía de la ciudad de Miami. Tenga en cuenta que si tiene lesiones de los tejidos blandos como resultado de este asalto con agresión, puede que su caso no valga la cantidad necesaria para presentar una demanda, que es actualmente de $401.
Pero si un empleado de un condado o una ciudad lo lastimó, y el empleado actuaba fuera del ámbito de su empleo, el responsable de sus lesiones no es el gobierno, sino el mismo empleado. Por lo general, es mejor para su caso si un empleado de un condado o una ciudad lo ha lastimado estando dentro del ámbito de su empleo en el momento del incidente. Es así porque, a diferencia de un individuo, una ciudad, un condado o el Estado de Florida tienen mayor probabilidad de contar con el dinero para pagar sus lesiones. Si la persona no tiene los fondos para pagar su demanda, entonces usted no podrá conseguir dinero alguno.
Si un empleado de una ciudad, un condado o el Estado de Florida lo lastima, la cantidad de dinero que puede obtener está limitada por el Estatuto de Florida 768.28(5). Actualmente, la cantidad máxima que una ciudad, un condado o el Estado de Florida tienen que pagar es de $200.000 por persona, sin exceder $300.000 por incidente o accidente.
Si usted es un empleado estatal, municipal o de un condado de Florida, y un compañero de trabajo lo lastima, en la mayoría de los casos, su única solución es mediante la Compensación al Trabajador. La excepción es cuando un empleado de otra dependencia lo lastima, en cuyo caso usted podría presentar una demanda por lesión personal y un reclamo contra la Compensación al Trabajador. Esta excepción implica co-empleados que desempeñen funciones laborales no relacionadas (“unrelated work activities”). Por ejemplo, supongamos que trabaje en la jefatura de policía de la ciudad de South Miami, un conductor de la Oficina del Alguacil del Condado de Broward (BSO) choca contra su auto y usted resulta lastimado. En este caso, puede presentar un reclamo contra la Compensación al Trabajador y una demanda contra la Oficina del Alguacil del Condado de Broward. Es así porque usted y la persona que causó sus lesiones desempeñan funciones laborales no relacionadas (“unrelated work activities”).
¿Alguna vez ha presentado una demanda contra una ciudad, un condado o el Estado de Florida? ¿Cuál fue el resultado?