Si visitaba Florida y como peatón fue atropellado por un auto o camioneta, podría presentar una demanda por las siguientes indemnizaciones:
- Pago de sus facturas médicas
- Pago de sus ingresos perdidos
- Dinero por dolor y sufrimiento
Las leyes de Florida definen “peatón” como “cualquier persona a pie” (“any person afoot”) (Estatuto de Florida 316.003).
Para propósitos de este artículo, los siguientes también se consideran peatones:
- Una persona que está caminando
- Un ciclista
- El conductor o un pasajero en un scooter o ciclomotor
- Alguien en una patineta o patines de ruedas
Si vive en Florida y como peatón fue atropellado por un auto, el resto de este artículo no se aplica a usted.
Si es un extranjero (vive en otro país) o no residente (vive en otro estado) y resulta lastimado como peatón en Florida, debería presentar un reclamo contra su propio seguro de salud y seguro de auto. Su seguro de salud debería de pagar sus facturas médicas, pero la aseguradora puede tener un embargo (el derecho de retención) sobre el dinero otorgado en el acuerdo. Debería tener mucho cuidado a la hora de reembolsar a su aseguradora de salud con los fondos provenientes de su acuerdo.
Usted podría demandar al conductor o el dueño del auto que lo atropelló por el pago de sus facturas médicas, dinero por dolor y sufrimiento e ingresos perdidos.
Podrá presentar una demanda si responde afirmativamente a las siguientes 3 preguntas:
- ¿El conductor tuvo la culpa?
- ¿El accidente ocasionó sus lesiones?
- ¿Existe una póliza de seguro que pueda pagar sus lesiones?
Vamos a considerar cada una de estas por separado.
1. ¿El conductor tuvo la culpa?
Por lo general, el informe policial será un buen indicador de si el conductor tuvo la culpa o no. Pero los policías son humanos y cometen errores. Por lo tanto, no suponga que no puede presentar una demanda por el simple hecho de recibir una multa. ¡Puede que tenga un excelente caso! La cantidad de dinero que obtiene por daños y perjuicios será descontado por su responsabilidad relativa. Cuando el policía elabora el informe de tránsito de Florida, usualmente multará solo a uno de los conductores por una infracción. A veces, el policía no multa a ninguno de los conductores.
Aunque el otro conductor haya recibido una multa, usted aún podría ser parcialmente responsable. Debería asegurarse de tomar fotos del lugar del accidente, en vista de que estos pueden cambiar con el tiempo.
Un peatón atropellado por un auto, estando en un paso de peatones
Si estaba en un paso de peatones y fue atropellado por un auto u otro vehículo, el auto que lo atropelló probablemente tenga la culpa. Pero si usted entró repentinamente en el paso de peatones y fue atropellado, probablemente sea parcialmente responsable.
Un peatón atropellado por un auto o vehículo, no estando en un paso de peatones
Si no caminaba por el paso de peatones en el momento del accidente, podría ser parcialmente responsable. Es así porque, según las leyes de Florida:
Todo peatón que cruce un camino en cualquier punto que no sea un paso de peatones marcado, o dentro de un paso de peatones no marcado en un cruce, deberá ceder el paso a todos los vehículos en el camino (Estatuto de Florida 316.130).
Si literalmente “saltó” frente a un auto, su caso podría resultar difícil. Si no estaba en un paso de peatones y el accidente ocurrió de noche, podría ser parcialmente responsable.
Accidentes de noche cuando el peatón no está en un paso de peatones
Cuánto más oscuro esté, más difícil resultará su caso porque el proveedor de seguro de responsabilidad por lesiones personales del conductor argumentará que el conductor no pudo verlo. Si llevaba puesta ropa de color claro en el momento del accidente, esto ayudará a su caso porque podrá argumentar que el conductor debería haberlo visto y evitado que lo atropellara.
2. ¿El accidente ocasionó sus lesiones?
Una vez que pueda demostrar que el conductor o dueño del auto que lo atropelló ha causado sus lesiones, tendrá el derecho a obtener el reembolso de sus gastos médicos del mismo. Los gastos médicos son las facturas, tales como el copago o responsabilidad del paciente, que su aseguradora de salud no ha pagado.
Podría tener derecho a indemnización por dolor y sufrimiento, aunque no tenga lesiones permanentes, si era:
- Un peatón no residente de Florida que no cuenta con cobertura de Protección por Lesiones Personales (PIP por sus siglas en inglés)
¿Suena confuso? Básicamente, si es un visitante de otro estado o país y no reúne los requisitos para obtener beneficios de PIP, podrá conseguir dinero por dolor y sufrimiento.
La ley parece implicar que si era un visitante en Florida y reunía los requisitos para obtener PIP, entonces podría resultar más difícil conseguir dinero por dolor y sufrimiento. Lo explicaré al rato. ¿Cómo podría un turista o visitante de otro estado reunir los requisitos de PIP si era un peatón? Digamos que alquiló un vehículo y colocaba un boleto de estacionamiento prepago adentro cuando fue chocado por un auto, entonces podría obtener beneficios de PIP bajo la póliza de seguro del auto alquilado. Si puede obtener beneficios de PIP, debería aprender cómo conseguir el pago de sus facturas médicas después de un accidente de tránsito.
Si reúne los requisitos para obtener beneficios de PIP, entonces para conseguir dinero por dolor y sufrimiento, tendría que demostrar que su lesión es una de las siguientes:
(a) La pérdida significativa y permanente de una función fisiológica importante
(b) Una lesión que, con un grado razonable de probabilidad médica, sea permanente, y que no sea cicatrización ni desfiguración
(c) Cicatrización o desfiguración significativa y permanente
(d) MuerteEstatuto de Florida 627.737(2)
Aunque la aseguradora le ofrezca dinero por su dolor y sufrimiento, si sigue con dolor, debería pedirle al médico que emita un informe diciendo que tiene una lesión permanente (“permanent injury”). Esto podría ayudarle a conseguir dinero por futuro dolor y sufrimiento.
3. Dinero disponible
Supongamos que su accidente reúne los criterios Nº 1 y Nº 2 anteriores. Ahora debe esperar alguno de los siguientes:
- Que el conductor o dueño – o su empleador – cuente con seguro de responsabilidad por lesiones personales; o
- Que usted haya comprado cobertura de automovilistas no asegurados o con seguro insuficiente.
¿Conoce a algún visitante a Florida que haya sido atropellado como peatón? ¿Pudo conseguir dinero por sus lesiones? Si es así, ¿cuánto?
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